Más vale hora juiciosa que día perezoso, solía decir mi madre, con la sabiduría práctica que le daban su humilde sentido común y una manchega cultura popular no contaminada por las modas del management foráneo ni por los movimientos pendulares de las regulaciones legales y de los criterios judiciales.
Con tan demoledora frase criticaba esa tendencia a demorar la finalización de tareas y obligaciones de quien prolongaba artificiosa e inútilmente la realización de las mismas, con el ánimo más de justificarse que de cumplir con lo comprometido, ya fuera en el estudio o en los quehaceres domésticos.
Este aforismo popular nos sirve hoy para reflejar un debate abierto en la gestión de los recursos humanos sobre la conveniencia o no de sustituir los rígidos sistemas de control horario por criterios de flexibilidad en los que primen el cumplimiento de objetivos y la realización de tareas sobre el mero presentismo[1]. A ello se unen las corrientes que pretenden una mayor flexibilidad que propicie, a su vez, una mejor conciliación entre la vida personal y la laboral; fenómenos como el teletrabajo[2] se postulan hoy como alternativas a la rigidez horaria y a la exigencia de presencia en el puesto de trabajo, posibilitando que el trabajador pueda organizar, en mayor o menor medida, su prestación de servicios combinando la actividad en el puesto de trabajo con el desempeño de su prestación en remoto, a fin de compaginarlo con las exigencias personales y familiares.
Pero no han tardado en surgir discrepancias sobre las supuestas bondades de esa flexibilidad que muchos han considerado un astuto mecanismo empresarial para descargar en los hombros del trabajador el riesgo y ventura de lo que se pueda tardar en realizar una tarea y un mecanismo sutil de conseguir los resultados productivos sin la siempre incómoda realidad de las horas extras. Por otro lado, al rebufo de legislaciones extranjeras (principalmente, de nuestros vecinos franceses a los que tanto nos gusta seguir cuando de iniciativas legislativas se trata), también ha surgido un nuevo derecho laboral: el derecho a la desconexión, como reivindicación frente a la permanente conectividad que permiten las nuevas tecnologías.
De este modo, la Audiencia Nacional[3] planteó que estas fórmulas de organización flexible del tiempo de trabajo no podían justificar la exoneración del control horario por parte de la empresa, y la Inspección de Trabajo no tardó en enarbolar esta doctrina para dictar una circular[4] cuyo contenido e intenciones se podían intuir de la mera lectura de su título: sobre la intensificación de control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias y que dio lugar a una ambiciosa campaña inspectora en empresas de todo el país. Incluso, ha surgido alguna curiosa sentencia[5] que ha reconocido el derecho a cobrar horas extraordinarias al trabajador que desarrollaba parte de su jornada desde su propio domicilio; entendía el Tribunal que esta circunstancia no exoneraba a la empresa de su obligación de controlar el tiempo de trabajo e igualmente de registrar la jornada del trabajador día a día.
Estas voces discrepantes veían en estos mecanismos de organización del tiempo de trabajo, aparentemente más laxos en cuanto al control horario, una nueva vuelta de tuerca del sistema de producción capitalista para obtener mayores rendimientos y dedicación de los empleados sin control sobre los límites en el tiempo de trabajo y sin contrapartidas económicas; paradójicamente, nos recuerda el profesor Federico Durán que, en los momentos iniciales de la sociedad capitalista, el trabajo se prestaba mayoritariamente a domicilio, donde el trabajador continuaba poseyendo en gran medida el control de su trabajo: los ritmos, las cadencias… eran decididos por el trabajador. De ahí que la fábrica, como lugar de trabajo bajo el control empresarial y la implantación de sistemas de control horario, no surgieran tanto por razones tecnológicas como para sustraer al trabajador el control de su trabajo. Ahora parece ser que la huida de la fábrica y del control horario del trabajo, lejos de considerarse un logro de los trabajadores, es un nuevo caballo de Troya del capitalismo empresarial.
Hay que decir que esta doctrina judicial y administrativa ha generado más controversia y preocupación en relación con los empleados cuya prestación de servicios está menos sujeta a control y regulación, como el propio personal directivo y de confianza o los comerciales que desempeñan buena parte de su tarea fuera del centro de trabajo. La exigencia de un control horario diario se antojaba en buena medida contradictoria con la forma y manera de trabajar de estos colectivos e incompatible con su propia flexibilidad de jornada.
Con las oscilaciones propias del mundo judicial, el Tribunal Supremo ha tomado cartas en el asunto[6] y, revocando lo dictaminado por la Audiencia Nacional, declara que la normativa laboral no obliga a llevar un control horario diario, sino exclusivamente a llevar el registro de las horas extras realizadas y a comunicar su número al trabajador y a sus representantes a final de cada mes.
No obstante, no podemos dar por zanjada la cuestión, ya que, aparte de que la doctrina judicial è mobile/qual piuma al vento, tampoco se ha dado respuesta a la
dispar casuística que puede surgir, ni se pueden orillar situaciones en las que, si el trabajador acredita por cualquier otro medio la existencia de prolongaciones de jornada, la falta de un sistema de control horario jugará en contra del empresario. Además de ello, la pretendida flexibilidad horaria no puede servir de excusa para encubrir supuestos de incumplimiento manifiesto de los límites de jornada o de los mínimos descansos legales.
Como suele ser habitual en todo lo que se refiere a los sistemas de dirección de personas, las respuestas simplistas y unívocas tienen corto recorrido; el mundo laboral está lleno de matices que demandan de los directivos el análisis de cada caso concreto, la búsqueda del equilibrio de los intereses en juego, con ponderación y mesura. Si se nos permite parafrasear a Machado, es el mejor de los directivos quien sabe que en esta vida/ todo es cuestión de medida:/un poco más, algo menos...